Manu | Fecha: Lunes, 07-07-2014, 11:46 PM | Mensaje # 1 |
General de división
Grupo: Administradores
Mensajes: 353
Estatus: Offline
| La normativa de la Administración General del Estado considera las disposiciones mínimas de seguridad y salud a bordo de los barcos, con el fin de promover una mejor asistencia médica y garantizar la asistencia sanitaria en el mar mediante una dotación de botiquines de urgencias que deben llevar los buques, según sus categorías. En el caso que nos ocupa es el :
“ Botiquín Tipo C ”, (HOMOLOGADO Y CONFORME A LA ORDEN FOM/1144/2003 y conforme al Real Decreto 258/1999) obligatorio para los Barcos que hagan navegaciones dentro de las aguas interiores ( rías, radas o bahías ) o en zonas situadas a menos de 12 millas náuticas de la costa, y que no permanezcan mas de 24 horas fuera del puerto base. Cada botiquín de urgencias va a acompañado de la “ Guía Sanitaria de a Bordo ” ( ISM ), que explica la utilización del contenido del botiquín y que cada año es revisada por los médicos facultativos del Instituto Social de la Marina; siendo el Armador responsable de su aprovisionamiento y renovación.
CONTENIDO: Cánula reanimación boca a boca tubo guedel nº 3 ó 4 .........1 unidad Vendas elásticas adhesivas 7,5 cm ancho ......................... 1 unidad Vendas elásticas 7,5 cm x 5 cm........................................ 2 unidads Compresas de gasa de 20x20 cm. Caja 25 ud................... 2 unidades. Esparadrapo hipoalargénico 5cm x 10m............................ 1 unidad. Guantes de latex nº8-9,por talla........................................1 par. Apósitos autoadhesivos estériles 8 cm x 10 cm.................. 1 unidad. Apósitos compresivos estériles. Pack 3 unidades................ 1 pack Apósitos adhesivos plásticos. Rollo 1m x 6 cm.................. 1 caja Suturas adhesivas. Paquete 6x100.................................. 1 paquete Gasas grasas. Caja con 10 sobres 7,5 cm x 10 cm........... 2 cajas Tijera recta aguda de 15 cm ........................................... 1 unidad Cepillo para uñas (Scrub 160 Steril)................................. 1 unidad Termómetro médico digital. Hipert e Hipot (32ºC-42ºC)..... 1 unidad Jeringas deshechables con aguja 1 c.c. (S.C.)................... 3 unidades Jeringas deshechables con aguja 5 c.c. (I.M.) ....................2 unidades Férulas de aluminio maleable para dedos (2x50 cm).......... 1 tira Collar cervical para inmovilización (talla grande)............... 1 unidad Povidona lodada 125 cc................................................... 1 unidad Frasco alcohol 70º 25cc................................................... 1 unidad Manta para quemados y supervivientes (oro-plata)............ 1 unidad
Este botiquin DEBE COMPLETARSE con los medicamentos especificados a continuación. Previamente se solicitara segun modelo expuesto a continuación:
BOLETIN DEL BOE num 307 del 24 diciembre del 2003. MODELO A Solicitud de medicamentos para dotación inicial de botiquín a bordo Don ............................................ con DNI........................., armador de la embarcación .......................................... matrícula ......................................................, perteneciente a la empresa ................................. ............................................................., cuyo capitán / patrón es don ..................................................................................................., solicita, para dotación inicial del botiquín de a bordo tipo ..... , el suministro de los medicamentos que se detallan en el anexo II del Real Decreto 258/1999 ,de 12 de febrero, conforme a la actualización llevada a efecto por la Orden de Presidencia 930/2002, de 23 de abril.
EL ARMADOR DE LA EMBARCACIÓN Fdo.:
V.º B.º, EL MÉDICO DE SANIDAD MARÍTIMA DEL I.S.M. N.º Colegiado: Fdo.:
DESTINO DE LOS EJEMPLARES:
Original para la Oficina de Farmacia. 1ª Copia para la Dirección Provincial del I.S.M. 2ª Copia para embarcación.
MATERIAL DE MEDICAMENTO: NITROGLICERINA 20 grageas 1 mg .............................1 caja METILERGOMETRINA (*) 0,25 mg/ml gotas 10 ml.......... 1 envase GELATINA HEMOSTÁTICA 1 esponja 200 x 70 x 0,5....... 1 unidad ALGELDRATO/HIDRÓXIDO DE MAGNESIO 600/300 mg.. 1 caja METOCLOPRAMIDA 30 compr. 10 mg ............................1 caja LOPERAMIDA 20 cápsulas 2 mg.................................... 1 caja PARACETAMOL 20 compr. 500 mg ................................1 caja ÁCIDO ACETILSALICÍLICO 20 compr. 500 mg ..............1 caja PIKETOPROFENO 2% aerosol 100 ml ............................1 envase METAMIZOL 5 ampollas 2 gr........................................ 1 caja DIAZEPAM 6 ampollas 2 mg ......................................1 caja DIMENHIDRINATO 12 compr. 50 mg............................ 1 envase METILPREDNISOLONA 3 ampollas 40 mg...................... 1 caja AMOXICILINA 12 cápsulas. 500 mg.............................. 1 envase ERITROMICINA 12 compr. 500 mg ...............................1 envase POVIDONA 10% solución dérmica 125 ml .....................1 envase ALCOHOL 70° Solución 150 ml ....................................1 envase CORTICOIDE + OTROS Gel de 30 gr ..........................1 envase
(El Diazepan (6 amp.2 mg)solo podra ser dispensado con receta medica que proporcionara el Inspetor del Botiquin)
Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
Desde aquí tengo que decir que todos los trabajadores del mar estamos de acuerdo en llevar material sanitario a bordo de las embarcaciones, pues un accidente se tiene de cualquier manera, pero otra cosa es la obligación de llevar un botiquín de tal magnitud, un botiquín exageradamente grande y completo para el tipo de trabajo que desarrolla el sector mejillonero en Galicia. Cabe recordar que el laboreo en los parques de cultivo se hace desde una embarcación y que esta no suele estar a más de dos millas de cualquier punto de tierra, haciendo que en caso de accidente a bordo, sea más sencillo trasladar al herido a tierra que intentar curarlo a bordo.
La mayoría de las embarcaciones llevan su propio botiquín a bordo (preparado por ellos mismos) que suele llevar: 1 par de guantes 1 tijeras 1 bote agua oxigenada 1 bote alcohol 1 bote povidona lodada 1 vendas elásticas 1 compresas de gasa 1 esparadrapo hipoalargénico 1 gasas grasas 1 manta oro/plata
A nuestro entender y según nuestra experiencia, este botiquín es más que suficiente debido a la proximidad de los parques de cultivo a puerto. Una embarcación mejillonera en caso de accidente grave de cualquier tripulante a bordo, podría estar en tierra en 10 minutos.
Los accidentes más comunes en el laboreo son: - Caídas en cubierta/batea - Cortes - Esguinces
* Cabe destacar que el sector mejillonero es uno de los sectores que menos accidentes laborales registra en Galicia, debido tanto a la profesionalidad del sector como a al equipo a bordo (ropas de agua, guantes, botas, etc...)
|
|
| |