Manu | Fecha: Lunes, 08-07-2013, 11:52 AM | Mensaje # 1 |
 General de división
Grupo: Administradores
Mensajes: 355
Estatus: Offline
| El Consejo de Ministros aprobó el viernes el Proyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, una vez superado el trámite de audiencia pública, y lo eleva así a Cortes para su tramitación parlamentaria. La norma, dirigida a asegurar la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio nacional, está inspirada en el principio de licencia única y legislación de origen, que ya funcionan en el Mercado Único Europeo, señalan desde el Ministerio de Economía y Competitividad. De esta forma, añaden, “cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica podrá ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de trámite adicional”.
De acuerdo con los estudios del Ministerio de Economía y Competitividad, la aprobación de esta ley va a suponer un aumento total del PIB del 1,52% en un periodo de diez años. El aumento sería aproximadamente del 0,15% PIB anual los primeros diez años, en torno a 1.500 millones de euros cada año. Una vez se apruebe, señalan las mismas fuentes, “los productores tendrán que pedir una sola licencia, en una Comunidad Autónoma, y podrán comercializar sus productos en todo el país. Los prestadores de servicios tendrán también que pedir una única licencia de actividad y tendrán que atender, al igual que ocurre en Europa, a los requisitos de destino para ejercer esa actividad”. El establecimiento de este principio de licencia única elimina en la práctica, subrayan, “el coste de tener que someterse hasta a 17 regulaciones distintas para operar en España”.
Los principales aspectos de la ley, según exponen desde el Ministerio, son los siguientes:
1. Licencia única y legislación de origen:
- Cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica podrá ser ofertado en cualquier punto del territorio español sin necesidad de modificación o trámite adicional.
- El establecimiento de este principio elimina de inmediato el coste de tener que someterse a 17 regulaciones distintas para operar en España.
2. Restricciones al sometimiento de autorizaciones y requisitos prohibidos
- Se limitan los supuestos en los que las Administraciones Públicas pueden someter a autorización el ejercicio de actividades económicas.
- Se prohíbe la exigencia de requisitos basados directa o indirectamente en el lugar de residencia del operador.
3. Cooperación administrativa
- Se regulan mecanismos de cooperación entre Administraciones Públicas para el intercambio de información necesario entre las autoridades de origen y de destino.
4. Procedimiento ágil de resolución de conflictos
- Se legitima a la futura CNMC para recurrir en vía contencioso-administrativa cualquier acto que vulnere la unidad de mercado.
- La admisión a trámite de dicho recurso podrá significar la suspensión automática del acto o disposición recurridos.
- Se permite a los operadores solicitar a la CNMC el recurso de actos o disposiciones contrarias a la unidad de mercado que les afecten.
- Esto implica que los operadores podrán obtener la suspensión de sanciones impuestas hasta que no se pronuncie un órgano jurisdiccional evitando las pérdidas ocasionadas por dilaciones judiciales.
|
|
| |